La Ley de Propiedad Intelectual se olvida de los negocios digitales

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La Ley de Propiedad Intelectual se olvida de los negocios digitales

La falta de concisión en el articulado del proyecto de reforma de la Ley de Propiedad Intelectual puede disuadir a los emprendedores de crear nuevos negocios en Internet por falta de seguridad jurídica.

Las asociaciones de autores y de internautas aseguran que el proyecto de reforma parcial de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI), que ha sido aprobada en Consejo de Ministros, lastrará el desarrollo de Internet y de la economía digital. En esa misma línea se han expresado las entidades que defienden los derechos de los creadores, como Adepi, que dicen que «la propuesta nos aleja de Europa, además de introducir confusión en el mercado y desconcierto entre los usuarios, aumentar la litigiosidad y beneficiar únicamente a las empresas tecnológicas, que se enriquecen con la explotación de los contenidos de los creadores». Esta polémica no es nueva. Los primeros que dieron un serio varapalo a la conocida como Ley Lassalle, fueron el Consejo General del Poder Judicial y el Consejo de Estado, que expusieron las diversas deficiencias del texto. Ahora, todas estas dudas también se han extendido entre los abogados especializados en propiedad intelectual y ya están provocando debates entre los mismos. «Los problemas que tenemos en este momento se pueden resolver con las leyes actuales, son más que suficientes. Esta reforma cuenta con demasiados conceptos vagos, lo que provoca que emprendedores e inversores de Internet sientan una clara inseguridad jurídica. Esta nueva norma ha sido una oportunidad perdida para llevar a cabo una reforma de mayor calado que defina con precisión todo y no se preste a la interpretación de los jueces», comenta David Maeztu, abogado especializado en derecho de Internet y propiedad intelectual y director de AbogadosTic. Según este experto, la revisión de la LPI desincentiva la aparición de nuevos negocios en Internet y, sobre todo, plantea trabas para los nuevos actores del sector, inexistentes en el resto de la Unión Europea, lo que pone a estas empresas españolas en una situación de desventaja frente a sus competidores. Clarificación José María Méndez, socio del departamento de propiedad intelectual de Baker & McKenzie, sin embargo, no cree que la Ley Lassalle «dificulte la generación de empresas, sino que se limita a clarificar y ordenar las dudas que existían y a mostrar la responsabilidad de cada uno en caso de cometer actos ilícitos». Duplicar La limitación de la copia privada desconcierta a muchos usuarios. La persona que realice la copia de un disco, por ejemplo, no estará amparada por la ley y podrá ser perseguida y multada, como en EEUU. El letrado, sin embargo, sí comparte el hecho de que ciertos aspectos de la reforma se prestan a interpretación, aunque cree que es lógico y que los sucesivos debates entre los actores del sector fijarán la lectura adecuada. «En algunos casos existe cierta indeterminación en cuanto a los términos utilizados en el articulado, como en lo que se refiere a las tasas aplicadas a los agregadores de noticias, por ejemplo. Sin embargo, este debate ya sea ha dado en otras ocasiones y los protagonistas han llegado a acuerdos», concluye. Apertura de la vía civil para luchar contra la piraterían El Gobierno ha incluido en el proyecto de reforma de ley la posibilidad de usar la vía civil para investigar e identificar a los infractores de propiedad intelectual. Esta nueva posibilidad –antes sólo existía la vía penal– también ha venido acompañada de polémica. Para David Maeztu, especialista en propiedad intelectual, abrir esta posibilidad no era necesaria, ya que entiende que actualmente existen otras vías para poder perseguir a los infractores. Por otro lado, también explica que el tener acceso a los datos de un usuario debería estar reservado para asuntos como, por ejemplo, el terrorismo. Sin embargo, para Lola Garayalde, socia del área de propiedad intelectual de Baker & McKenzie «ésta es una posibilidad adicional para luchar contra la piratería en Internet y contar con una nueva vía sólo puede ser beneficioso». Los cambios más importantes de la reforma de la LPI Ventanilla única La reforma de la ley, con el objetivo de simplificar y agilizar los trámites en las entidades de gestión, crea la ventanilla única. Ésta estará gestionada por una entidad privada y servirá tanto para los afectados por alguna vulneración de los derechos como para los usuarios que tengan que realizar pagos. Copia privada El anteproyecto acota más el concepto de copia privada a las «reproducciones de CD o DVD comprados y las grabaciones de fuentes de televisión o radio para un visionado o escucha posteriores». Además, oficializa el abono de esta tasa a través de los Presupuestos Generales del Estado, a la espera de que se pronuncie la UE. Piratería La nueva LPI amplía las herramientas para luchar contra la piratería. La Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual podrá actuar contra los intermediarios –empresas de ‘hosting’, publicidad–. La norma impone importantes sanciones para los intermediaros que no cumplan los requerimientos. Tasa a los agregadores El Gobierno propone en su texto que los agregadores de noticias paguen a los medios de comunicación por el uso de contenidos sujetos a derechos de autor. No se deberá pedir un permiso previo para usarlos, siempre que sean «fragmentos no significativos», pero habrá que ofrecer una «remuneración equitativa por su uso». Derechos de autor El legislador ha introducido igualmente un cambio en la duración de los derechos de autor. La nueva ley cambiará la caducidad de estos derechos, que pasarán de los 50 años a los 70 años en grabaciones y obras musicales con letra, equiparándose así al resto de obras sujetas a derechos de autor.

Fuente: Expansión.com

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