Como pueden obtener los abogados la tarjeta sanitaria conforme al Real Decreto 1192/2012.

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Como pueden obtener los abogados la tarjeta sanitaria conforme al Real Decreto 1192/2012.

Las solicitudes para el reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria se han de presentar en la oficina provincial del INSS mediante formulario que encontraran en esta página web. Hay que solicitar cita previa a través de la página web institucional del INSS www.seg-social.es, y hay que tener en cuenta que debe se rellenado uno tanto para el titular como para los beneficiarios.

Recibida la confirmación del lugar, día y hora de la cita se tendrá que presentar la solicitud ante el INSS aportando el DNI, y para los beneficiarios el  libro de familia o certificado de inscripción de matrimonio o pareja de hecho.

A continuación, el interesado debe acudir al centro de salud que le corresponda para que de forma inmediata se le entregue la tarjeta sanitaria.

En el caso de disponer ya de tarjeta sanitaria por estar acogido al Convenio de Asistencia Sanitaria (CAS) suscrito a través de los Colegio de Abogados, deberá realizarse el mismo trámite anterior, el INSS entregará el documento de reconocimiento de Asistencia Sanitaria General, el cual deberá ser entregado en el Centro de Salud que le corresponda.

El interesado debe así mismo comunicar al Colegio el trámite efectuado, a fin de proceder a su baja del citado convenio, hasta que este último trámite no se realice, LAS CUOTAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL, SE SEGUIRAN GENERANDO HASTA QUE NO SE CAUSE BAJA EN EL CONVENIO DE ASISTENCIA SANITARIA SUSCRITO A TRAVÉS DE LOS COLEGIO DE ABOGADOS.
En los casos en los que las bases liquidables del IRPF en el último año fueron superiores a los 100.000 euros, deberían mantenerse incluidos en el citado convenio CAS, ya que no tendrían derecho a ser asegurados de la asistencia sanitaria con cargo a los fondos públicos.

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